Guía para caseros
Subida del alquiler en 2026: cuánto puedes subir y cómo calcularlo
Toca renovar el alquiler y no tienes claro cuánto puedes subir sin pasarte de la ley. Depende de dos cosas: lo que diga tu contrato y el índice que te toque este año, IPC o IRAV. Aquí te lo explico claro y lo calculas tú mismo en un minuto.
¿Puedo subir el alquiler este año?
Solo si tu contrato lo recoge. La renta únicamente se actualiza si firmasteis una cláusula de revisión. Si no aparece en el contrato, este año no puedes subirla.
Si la tienes, la subida se aplica en la fecha que marque el contrato, normalmente el aniversario de la firma, y siempre avisando por escrito con antelación. Más abajo te cuento el plazo exacto.
IPC o IRAV: cuál te toca según tu contrato
La fecha de tu contrato decide qué índice se aplica. El corte está en el 26 de mayo de 2023:
- Contratos firmados a partir del 26 de mayo de 2023: se actualizan con el IRAV, el Índice de Referencia para la Actualización de Rentas que publica el INE.
- Contratos anteriores al 26 de mayo de 2023: se actualizan con el IPC, siempre que así se pactara. Aun así, el IRAV funciona como tope: si el IRAV es más bajo que el IPC, se aplica el IRAV.
Ojo con esto: si tu contrato es anterior al 26 de mayo de 2023 y pactasteis el IPC, se sigue actualizando con el IPC, con el IRAV solo como tope cuando es más bajo. Estos contratos siguen siendo muy habituales por la prórroga de cinco años. Solo los firmados a partir de esa fecha van directamente por IRAV.
El IRAV en 2026
El IRAV no es un número fijo. El INE lo publica cada mes, alrededor del día 14, con el valor del mes anterior.
A día de hoy (junio de 2026) el IRAV está en el 2,48%. Como cambia mes a mes, antes de actualizar comprueba el valor vigente en la web del INE el mes en que toca la revisión.
¿Y el tope del 2%? Cuidado con esto
Aquí es donde mucha información en internet está desactualizada y te puede hacer calcular mal.
Hubo un tope temporal del 2% (Real Decreto-ley 8/2026), pero estuvo en vigor solo del 22 de marzo al 29 de abril de 2026. El Congreso no lo convalidó y quedó derogado. Desde el 29 de abril de 2026 ya no existe ese tope del 2%: se vuelve a aplicar el IRAV (o el IPC con el IRAV como límite) sin recorte adicional.
Si lees por ahí que el alquiler solo puede subir un 2% en 2026, es un dato caducado.
Cómo calcular la subida, paso a paso
Es una multiplicación sencilla:
- Coge la renta actual.
- Multiplícala por el índice vigente (en porcentaje).
- Súmalo a la renta.
Ejemplo con el IRAV actual (2,48%):
- Renta actual: 800 €
- Subida: 800 × 2,48% = 19,84 €
- Nueva renta: 819,84 €
Usa la calculadora de subida y mete tu renta: coge el IRAV vigente y te da la cifra en un minuto, sin registro. Dentro de Soycasero ese cálculo ya va automático para todos tus pisos.
Cómo comunicárselo al inquilino
Tres reglas que no te puedes saltar:
- Por escrito. Un mensaje claro indicando la renta nueva y desde cuándo se aplica.
- Con al menos un mes de antelación a la fecha de revisión.
- Sin efecto retroactivo. La nueva renta rige desde que lo notificas, no para meses atrás.
Si avisas tarde, pierdes la subida de esos meses. Por eso conviene tener la fecha marcada con tiempo.
Casos en los que el IRAV no se aplica
El IRAV es para vivienda habitual. No se aplica a:
- Alquiler de temporada
- Alquiler de habitaciones
- Alquiler turístico
- Locales comerciales
En esos casos manda lo que diga el contrato.
Preguntas frecuentes
¿Cuánto puedo subir el alquiler en 2026?
Lo que marque el índice que te toque. Con el IRAV de junio de 2026 (2,48%) y una renta de 800 €, son 19,84 € más al mes. Comprueba el valor del IRAV vigente el mes de tu revisión en el INE.
¿Qué pasa si mi contrato no tiene cláusula de actualización?
No puedes subir la renta este año. Solo se actualiza si se pactó por escrito en el contrato.
¿Sigue existiendo el tope del 2%?
No. Estuvo vigente solo entre el 22 de marzo y el 29 de abril de 2026 y quedó derogado.
¿Con cuánta antelación tengo que avisar al inquilino?
Al menos un mes antes de la fecha de revisión, y siempre por escrito.
¿Puedo aplicar la subida con efecto retroactivo?
No. La nueva renta rige desde que la notificas, no para meses atrás.
En resumen
En 2026 puedes subir el alquiler si tu contrato tiene cláusula de revisión, aplicando el IRAV (2,48% en junio de 2026, revísalo cada mes en el INE), avisando por escrito con un mes de antelación. El tope del 2% ya no está vigente.
Soycasero calcula la subida con el índice correcto y te avisa a tiempo cada año. Tú decides cuándo enviar el aviso al inquilino. Pruébalo gratis.
Esta guía es información general, no asesoramiento legal ni fiscal. Los valores del IRAV cambian cada mes; comprueba el dato vigente en el INE antes de actualizar. Última actualización: junio de 2026.